¿Qué son las cuotas moderadoras y los copagos?
Los copagos son el aporte en dinero que hacen únicamente los afiliados beneficiarios y que corresponde a un porcentaje del valor del servicio. Por su parte, las cuotas moderadoras son el pago que hace el afiliado cotizante y beneficiario, cuando requiere los siguientes servicios de salud. La finalidad de este cobro es regular la prestación de los servicios de salud y estimular su buen uso.
Por su parte, en cuanto a la frecuencia con que se realizan estos recaudos, las cuotas moderadoras se cobran al momento de acceder a todos los servicios que por norma están definidos para recibir el aporte. Por otro lado, los copagos se cobran al momento de acceder al servicio pero el valor corresponde a un porcentaje tope tanto por evento, como por monto año.
De acuerdo con el incremento del salario mínimo en un 6%, para el 2019, también se establecen nuevos valores que aplican para el pago de cuotas moderadoras y copagos de la salud en las EPS del país.
Por ello KANKUAMA IPSI da a conocer los valores que cada afiliado y sus beneficiarios deberán cancelar al momento de solicitar los servicios de salud; estos valores son establecidos por el Consejo Nacional en Seguridad en Salud y la Comisión de Regulación en Salud, los cuales se definen con base en tres rangos salariales:
Por su parte, en cuanto a la frecuencia con que se realizan estos recaudos, las cuotas moderadoras se cobran al momento de acceder a todos los servicios que por norma están definidos para recibir el aporte. Por otro lado, los copagos se cobran al momento de acceder al servicio pero el valor corresponde a un porcentaje tope tanto por evento, como por monto año.
De acuerdo con el incremento del salario mínimo en un 6%, para el 2019, también se establecen nuevos valores que aplican para el pago de cuotas moderadoras y copagos de la salud en las EPS del país.
Por ello KANKUAMA IPSI da a conocer los valores que cada afiliado y sus beneficiarios deberán cancelar al momento de solicitar los servicios de salud; estos valores son establecidos por el Consejo Nacional en Seguridad en Salud y la Comisión de Regulación en Salud, los cuales se definen con base en tres rangos salariales:
Cuotas Moderadoras y Copagos 2019 | ||||||
Tipo | Servicio | Régimen Contributivo | Régimen subsidiado | |||
Rango Salarial 1 Hasta $ 1’656.231 |
Rango Salarial 2 De $ 1’656.232 a $ 4’140.580 |
Rango Salarial 3 De $ 4’140.581 en adelante |
Todos - Nivel 1 del Sisben | Nivel 2 del Sisben mayor a 1 año de edad | ||
Nivel 2 del Sisben durante el primer año de edad | ||||||
Cuotas
moderadoras Cotizantes y
Beneficiarios del Régimen Contributivo.
*No aplica para afiliados del Régimen Subsidiado.
|
|
$ 3.200 | $ 12.700 | $ 33.500 | $ 0.00 | $ 0.00 |
Copagos
|
|
11.5%
Hasta
$ 237.669
|
17.3%
Hasta $ 952.333
|
23%
Hasta $ 1.904.667
|
$ 0.00 |
10%
Hasta $ 414.058
|
Tope máximo de copagos por año calendario |
57.5%
de 1 SMLMV
$ 476.167
|
230%
de 1 SMLMV
$ 1.904.667
|
460%
de 1 SMLMV
$ 3.809.334
|
$ 0.00
|
100%
de 1 SMLMV
$ 828.116
|
Adicionalmente, esta disposición tiene las siguientes claridades:
Si el usuario está inscrito o se somete a las prescripciones regulares de un programa especial de atención integral para patologías específicas y debe seguir un plan rutinario de actividades de control, no habrá lugar a cobro de cuotas moderadoras ni copagos en dichos servicios. (Art. 6°, Parágrafo 2°, y Art. 7° del Acuerdo 260 de 2004).


Fuente: Art. 6º, 7º, 8°, 9º y 10º Acuerdo 260 de febrero 27 de 2004 Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Art 11 del Acuerdo 030 del 2011 Comisión de Regulación en Salud. SMLMV= Salario Mínimo Legal Mensual Vigente. Rige a partir de 01 de enero de 2019.